En su historia de más de 100 años, la Facultad de Derecho Hastings de la Universidad de California (UC Hastings) nunca había denegado el estatus de organización estudiantil a ningún grupo. Eso fue hasta que en 2004 UC Hastings decidió no reconocer a la Christian Legal Society (CLS).
La junta de estudiantes de CLS daba la bienvenida a todos los miembros de la comunidad universitaria que quisieran participar en sus actividades pero exigía que todos sus delegados y miembros con derecho a voto –si hablaban en su nombre, votaban sobre sus políticas y programas y dirigían sus estudios bíblicos– compartieran y cumplieran los principios centrales del grupo. Estos principios incluían ser cristiano y abstenerse de actividades sexuales fuera del matrimonio. UC Hastings decidió a principios del curso de 2004 que las condiciones exigidas por CLS a los miembros con derecho a voto y delegados violaban las disposiciones de religión y "orientación sexual" de su Política de Nodiscriminación. Por lo tanto, UC Hastings denegó a CLS el estatus de "Organización Estudiantil Registrada" (RSO).
Ese mismo curso, aproximadamente sesenta RSO – organizadas en función de distintos intereses políticos, religiosos, culturales, raciales, étnicos y sexualidad humana– existían en el recinto. A pesar de eso, la sucursal de CLS en UC Hastings se convirtió en el único grupo al cual se le había denegado el estatus de RSO.
CLS demandó a UC Hastings por violar sus derechos constitucionalmente protegidos de libertad de expresión, de "asociación expresiva", de culto religioso y protección igual ante la ley. Sin embargo, la indemnización fue negada por las cortes federales, incluso la Corte Suprema de EE. UU., por la naturaleza específica de la política de UC Hastings, que supuestamente exige que todos los grupos de estudiantes acepten a todos los estudiantes, independiente de su estatus o credo. La Corte concluyó que las universidades públicas pueden hacer caso omiso del derecho de los grupos de estudiantes religiosos a elegir sus líderes, solo si deniega ese derecho a todos los grupos de estudiantes.
La decisión de CLS versus Martinez, 561 U.S. 661 (2010) podría comprometer negativamente la libertad religiosa de todos los estudiantes de instituciones universitarias. Esta decisión amenaza a muchos otros grupos de estudiantes por todo el país y deja espacio para la creación de escenarios tan absurdos como el exigir a CLS que permita a ateos dirigir sus estudios bíblicos. Recientemente, una política similar en la universidad privada Vanderbilt forzó al grupo de estudiantes católicos a dejar el recinto universitario porque "Vanderbilt Catholic" requiere que sus dirigentes sean católicos (a pesar de que permite que cualquiera sea miembro del grupo).
¿Está siendo amenazada nuestra más preciada libertad?
Entre muchos otros desafíos, las políticas de UC Hastings privan a sus estudiantes de jurisprudencia del derecho de ejercer con libertad y plenitud sus creencias religiosas. La libertad religiosa no consiste solamente en asistir a misa el domingo o rezar el rosario en el hogar. Incluye la posibilidad de reunirnos con miembro de nuestra fe fuera de la iglesia y reforzar nuestras creencias dentro de un grupo. Sin comprender plenamente el sentido de la libertad religiosa, todos los ciudadanos, incluso los estudiantes universitarios, sufrimos.